Con la llegada del tercer trimestre del año, los conductores de vehículos particulares y motocicletas en Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta deben prepararse para un cambio significativo en su rutina de movilidad.
A partir del lunes 6 de julio de 2026, entrará en vigencia la nueva programación de la medida de pico y placa en Bucaramanga, la cual busca optimizar el flujo vehicular y mejorar la calidad del aire en la región metropolitana.
Esta modificación forma parte del calendario de rotación trimestral establecido en la Resolución 854 de 2025 de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga.
El objetivo de este sistema rotativo es garantizar la equidad entre los propietarios de vehículos, de modo que la restricción se distribuya de manera justa en los diferentes días de la semana a lo largo del año.
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Rotación en julio – agosto – septiembre
De acuerdo con la Dirección de tránsito de Bucaramanga, el esquema que regirá de lunes a viernes, en el horario continuo de 6:00 a.m. a 8:00 p.m., quedará distribuido de la siguiente manera según el último dígito de la placa:
- Lunes: Placas terminadas en 7 y 8.
- Martes: Placas terminadas en 9 y 0.
- Miércoles: Placas terminadas en 1 y 2.
- Jueves: Placas terminadas en 3 y 4.
- Viernes: Placas terminadas en 5 y 6.
Es fundamental que los ciudadanos tengan presente que esta normativa tiene una cobertura metropolitana integral. La restricción se aplica de forma coordinada en Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta.
Esta sincronización es vital para evitar «cuellos de botella» en arterias principales como la Autopista a Floridablanca y el Anillo Vial, permitiendo que el impacto de la medida sea uniforme en toda la jurisdicción.
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Calendario de los sábados
Para los fines de semana, el pico y placa mantiene su horario especial de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Sin embargo, a diferencia de los días laborales, los sábados siguen una rotación específica que los conductores deben consultar con antelación para evitar sanciones. Para el trimestre de julio a septiembre, la programación sabatina es la siguiente:
- Julio: Día 11 (placas 3 y 4), día 18 (placas 5 y 6) y día 25 (placas 7 y 8).
- Agosto: Día 1 (placas 9 y 0), día 8 (placas 1 y 2), día 15 (placas 3 y 4), día 22 (placas 5 y 6) y día 29 (placas 7 y 8).
- Septiembre: Día 5 (placas 9 y 0), día 12 (placas 1 y 2), día 19 (placas 3 y 4) y día 26 (placas 5 y 6).
- Octubre: El ciclo de este trimestre cierra el sábado 3 de octubre con las placas 7 y 8.
El incumplimiento de estas disposiciones acarrea una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), además de la posible inmovilización del vehículo, lo que representa un alto costo económico y logístico para el infractor.

Excepciones del pico y placa
La normativa vigente contempla una serie de excepciones para garantizar la prestación de servicios esenciales y promover la movilidad sostenible. Los siguientes vehículos están exentos de la medida de pico y placa, según la Resolución 854 de 2025 de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga.
- Servicios de emergencia y salud: Ambulancias, vehículos de atención prehospitalaria, emergencias veterinarias y organismos de socorro (Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil).
- Tecnologías limpias: Vehículos eléctricos, híbridos (gasolina/diésel + electricidad registrados en la licencia) y aquellos que funcionen con Gas Natural Vehicular (GNV) de fábrica o convertidos (modelos 2019 en adelante con certificado vigente).
- Transporte público y oficial: Vehículos de transporte masivo, colectivo, escolar, de trabajadores y turistas debidamente habilitados. También se incluyen caravanas presidenciales, vehículos diplomáticos y de fuerzas militares o de policía.
- Población con discapacidad: Vehículos que transporten habitualmente a personas con discapacidad o movilidad reducida, siempre que estén inscritos en el RLCPD y porten la señalización y certificación correspondiente.
- Servicios públicos y medios de comunicación: Vehículos destinados al mantenimiento de redes de servicios esenciales (energía, agua, gas, internet) y vehículos de propiedad o al servicio de medios de comunicación debidamente identificados.
- Funcionarios específicos: Vehículos ocupados por miembros del gabinete municipal y departamental, jueces, magistrados, fiscales y otros cargos de la rama judicial y organismos de control, portando su identificación vigente.
- Otros casos: Carrozas fúnebres, vehículos de enseñanza automovilística con PESV, vehículos de prueba (test drive) matriculados en Bucaramanga y aquellos que ingresen a la ciudad desde municipios ajenos al área metropolitana acreditando el recibo del peaje del mismo día.




