Este jueves, 9 de octubre, los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado darán a conocer la respuesta a las solicitudes hechas por la defensa del alcalde de Girón, Santander, Campo Elías Ramírez, tras la sentencia de segunda instancia que anuló su elección por doble militancia.
Sea lo que sea que resuelvan los magistrados en la Sala, el fallo no tendrá modificaciones por lo que de descarta que, como ocurrió en el caso del alcalde de Bucaramanga, Jaime Beltrán, el alto tribunal deje en firme su decisión y se proceda a su ejecución.
La Sección Quinta del Consejo de Estado programó en el orden del día de la Sala de este jueves, 9 de octubre, la lectura del auto a través del cual resuelve las solicitudes de aclaración y adición solicitadas por Ramírez.
El pasado 25 de septiembre los cuatro magistrados de la Sección Quinta confirmaron la nulidad de la elección de Campo Elías Ramírez como alcalde de Girón, por haber incurrido en doble militancia en las elecciones locales de 2023.
CONTEXTO: Consejo de Estado confirma nulidad de elección del alcalde de Girón, Campo Elías Ramírez
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Dentro de las solicitudes hechas por la defensa del alcalde de Girón, Campo Elías Ramírez, se encuentran una de aclaración y otra de adición al fallo, radicadas por los abogados Joselín Díaz y Carlos Alfaro.
Además, la semana pasada Díaz, en calidad de coadyuvante presentó una recusación en contra de los cuatro magistrados de la Sección Quinta.
Con la resolución de dichas solicitudes de la defensa, el Consejo de Estado dejará en firme su sentencia del pasado 25 de septiembre, a través de la cual confirmó el fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Santander que declaró la nulidad de la elección de Campo Elías Ramírez como alcalde de Girón por apoyar activamente a candidatos al Concejo que no pertenecían a la lista de la Liga de Gobernantes Anticorrupción.

En ese escenario solo restarían dos días hábiles para que el alto tribunal notifique a las partes sobre lo actuado y comunique su decisión al gobernador de Santander, Juvenal Díaz Mateus.
Paso seguido, el mandatario regional deberá declarar la vacancia absoluta del cargo y nombrará un alcalde encargado en Girón.
Niegan medidas cautelares
La decisión de la Sección Quinta se tomará simultáneamente a las dos acciones de tutela interpuestas por el propio alcalde Ramírez intentando en el plano constitucional frenar los efectos del fallo del Contencioso Administrativo.
Aunque una de las tutelas fue admitida por el magistrado Diego Enrique Franco, integrante de de la Sección Tercera, el togado no accedió a la solicitud de medidas cautelares imploradas por Ramírez.
El saliente mandatario alega el amparo de sus derechos fundamentales al acceso a la administración de justicia, debido proceso, confianza legítima, tutela judicial efectiva, legalidad y contradicción.
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«Como medida provisional, ordenar la suspensión inmediata del procedimiento dentro del radicado 68001-23-33-000-2024-00047-0118 dentro del cual se rechazó el incidente de nulidad. Esta medida provisional se mantendrá hasta tanto la Secretaría General del Consejo de Estado notifique de manera autónoma la presente acción de tutela, con la decisión que en derecho corresponda«, manifiesta Ramírez.
A renglón seguido, Campo Elías Ramírez le propone al alto tribunal que en caso de no acceder a la medida cautelar previa se ordene de manera inmediata el incidente de nulidad del proceso administrativo.
«En caso de no acceder y como petición subsidiaria a la anterior, como medida provisional, ordenar que se trámite de manera inmediata el incidente de nulidad radicado por el señor Campo Elías Ramírez Padilla dentro del radicado 68001-23-33-000-2024-00047-01«, agrega Ramírez.

Sin embargo, el magistrado Franco no concedió a ninguna de las dos medidas cautelares solicitadas por el alcalde gironés, advirtiendo que las pruebas aportadas por el mandatario local no se evidencian una evidente vulneración manifiesta de sus derechos.
«De los documentos aportados y los argumentos esgrimidos por el accionante, el despacho no advierte una vulneración manifiesta de derechos fundamentales que permita al juez de tutela decretar la medida solicitada, de modo que la solicitud será negada«, acota el magistrado.
Aunque la medida cautelar fue negada, el magistrado admitió la acción de tutela interpuesta por el alcalde Ramírez por lo que el proceso continúa hacia fallo de primera instancia.
Así las cosas, el proceso administrativo contra Campo Elías Ramírez continúa en la Sección Quinta del Consejo de Estado que este jueves dará a conocer el auto definitivo en la demanda de nulidad electoral del alcalde de Girón por doble militancia.
Según el gobernador, Juvenal Díaz, la idea es que las elecciones atípicas se realicen el 14 de diciembre próximo, mismo día que se desarrollaría los comicios para elegir alcalde en Bucaramanga.




