La Corte Constitucional puso en el centro del debate nacional la grave crisis humanitaria que sacude al Catatumbo, por la guerra entre el Eln y las Farc, exigiendo al Gobierno y a las autoridades locales respuestas concretas y eficaces ante el alarmante panorama de desplazamientos, confinamientos y violencia contra firmantes del Acuerdo de Paz.
El Auto 244 de 2025, expedido por las Salas Especiales de Seguimiento a las sentencias T-025 de 2004 y SU-020 de 2022, solicita a distintas entidades del Estado pruebas detalladas de las acciones emprendidas para proteger a más de 52.000 personas desplazadas y 21.000 confinadas, así como a los firmantes del Acuerdo, que también han sido blanco de agresiones: 153 desplazados, 35 confinados, 10 desaparecidos y siete asesinados.
La Corte recordó que la persistencia de los confinamientos, cuya incidencia ha crecido durante la última década, ya había motivado la orden de diseñar una ruta integral de atención a víctimas mediante el Auto 811 de 2021. En el contexto actual, exige conocer el estado de implementación de dicha ruta: su diseño, fundamento jurídico y operatividad.
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El documento también insta a los organismos responsables a mejorar la toma de declaraciones, acelerar el registro de las víctimas y reforzar la articulación interinstitucional, con el fin de garantizar soluciones sostenibles para los desplazados del Catatumbo.
Además, el alto tribunal volvió a manifestar su profunda preocupación por los ataques a excombatientes en proceso de reincorporación, cuya situación ha sido advertida previamente en el Auto 1273 de 2024. En ese fallo, la Sala Especial ordenó medidas integrales de seguridad para los Antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (AETCR) y otros puntos colectivos, como el ubicado en Caño Indio (Tibú), donde el riesgo de nuevas agresiones es latente.
La Corte fue clara: la respuesta del Estado no puede limitarse a esquemas de protección individual. Debe abarcar todo el espectro de garantías de seguridad del Acuerdo Final de Paz, con un enfoque de seguridad humana y territorial. Por ello, demandó información actualizada sobre el cumplimiento del Auto 1273 en Catatumbo y otras zonas críticas del país señaladas por la Defensoría del Pueblo.

Esta serie de requerimientos, que se aparta de cualquier análisis relacionado con la declaratoria de conmoción interior, confirma la postura de la Corte frente a la necesidad de una intervención urgente, coordinada y estructural del Estado colombiano ante emergencias humanitarias como la del Catatumbo, que amenazan de forma directa los derechos de miles de ciudadanos, incluidos quienes apostaron por la paz.
Finalmente, los llamados se emitieron desde las Salas Especiales de Seguimiento: la de la Sentencia T-025 de 2004, integrada por las magistradas Natalia Ángel Cabo (presidenta) y Diana Fajardo Rivera, junto al magistrado Juan Carlos Cortés González; y la de la Sentencia SU-020 de 2022, compuesta por la magistrada Cristina Pardo Schlesinger (presidenta), y los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Miguel Polo Rosero.




