Gobierno frena proyecto sobre Uber, Didi y otras apps: no irá al Congreso sin acuerdo con conductores y plataformas

El Ministerio de Transporte anunció que no llevará al Congreso el proyecto sobre apps de movilidad hasta lograr consenso con conductores, plataformas y gremios, y adelantará audiencias públicas en el país.

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En medio de la polémica que se desató por un borrador de ley que endurecería las sanciones contra las apps de movilidad, el Ministerio de Transporte anunció que no radicará ningún proyecto en el Congreso hasta que exista un consenso entre todos los actores del sector, incluidos conductores, plataformas digitales y gremios tradicionales.

La decisión se conoció tras una reunión entre el Gobierno, representantes de aplicaciones como Uber, Didi e inDrive, y conductores vinculados a estas plataformas, luego de que en los últimos días tomara fuerza la versión de una posible prohibición de estos servicios en Colombia.

A través de un comunicado, el Ministerio aclaró que continuará con el proceso de socialización, construcción y concertación del anteproyecto de ley que busca reformar el régimen sancionatorio del transporte, el cual solo será presentado ante el Congreso cuando haya sido concertado con todos los sectores involucrados. Para ello, se anunció la realización de audiencias públicas en distintas regiones del país.

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“El Ministerio de Transporte mantendrá e impulsará la Mesa Nacional con el gremio del servicio de transporte individual tipo taxi, para que en un término máximo de dos meses se construyan ajustes a la política pública que fortalezcan sus condiciones actuales”, indicó la cartera.

Asimismo, el Gobierno informó que, junto a los ministerios de Trabajo y de las TIC, se instalará una mesa de diálogo para construir una política pública sobre el uso de plataformas digitales en el transporte, en sus distintas modalidades. En este espacio participarán representantes de todos los actores, directos e indirectos, con el objetivo de mejorar el servicio a los usuarios y garantizar los derechos fundamentales de quienes hacen parte de la cadena.

Frente a los rumores de una prohibición total de las plataformas, el Ministerio insistió en que no se ha planteado impedir su funcionamiento, sino avanzar en la formalización de un servicio que hoy se presta sin cumplir los mismos requisitos exigidos a otros actores del sector transporte.

La controversia se originó por un proyecto radicado el pasado 20 de enero que reforma el régimen sancionatorio de la Superintendencia de Transporte, compromiso adquirido tras el paro camionero de 2024. El texto, de 118 artículos y 71 páginas, incluye varios apartados sobre el llamado “servicio ilegal de transporte”, una categoría en la que quedarían incluidas plataformas como Uber, Didi, Cabify, inDrive y Picap.

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En el articulado se define como ilegal el servicio prestado con vehículos particulares sin autorización de la autoridad competente ni cumplimiento de los requisitos legales. Para Alianza In, gremio que agrupa a estas plataformas, esta definición refleja una intención de prohibición y no de regulación.

“Desde las definiciones queda claro que se busca declarar ilegal la movilidad con vehículo particular. En lugar de reglamentar, se opta por la prohibición total”, advirtió José Daniel López, director ejecutivo de Alianza In, quien señaló que al menos 13 artículos están dirigidos directamente contra las apps de movilidad.

Entre los puntos más cuestionados está el artículo 68, que considera estos servicios como un factor que podría afectar el orden público y ordena a la Policía contrarrestar el transporte informal o ilegal. También se incluyen disposiciones que obligan a alcaldes y a la Superintendencia a priorizar controles y sanciones en aeropuertos, centros comerciales, hoteles, terminales y edificios administrativos.

El proyecto amplía además el alcance de las sanciones. El artículo 8 permite sancionar no solo a conductores y plataformas, sino también a usuarios y terceros que faciliten el servicio. En el artículo 31 se fijan multas de 390 UVB, cerca de 4,7 millones de pesos, por cada evento de prestación irregular.

Las sanciones más severas aparecen en el artículo 29, con multas de hasta 180.000 UVB, equivalentes a más de 2.100 millones de pesos, y en el artículo 88, que contempla castigos de hasta 726 millones de pesos para edificios, conjuntos residenciales y parqueaderos que permitan la operación de estos servicios.

También ha generado críticas el artículo 69, interpretado como una posible “mordaza”, al prohibir que funcionarios del sector transporte realicen manifestaciones públicas a favor de estos servicios, así como la facultad otorgada a alcaldías y a la Superintendencia para suspender plataformas sin orden judicial.

Por ahora, el Gobierno insiste en que cualquier iniciativa legislativa solo avanzará si se logra un acuerdo amplio, mientras el debate sobre el futuro de las apps de movilidad sigue abierto en el país.

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