El exalcalde de Bucaramanga, Jaime Beltrán, decidió mantener la guerra jurídica a toda costa y abrir varios frentes de batalla para intentar revertir el fallo de la justicia administrativa que anuló su elección por haber cometido doble militancia durante la campaña del 2023.
El caso de nulidad electoral de Beltrán ya es cosa fallada, el Consejo de Estado confirmó la decisión que había tomado el Tribunal Administrativo de Santander en diciembre pasado y después de un largo proceso, en el que sus abogados agotaron todos los recursos y garantías que la ley permite, incluso con acciones que para expertos rayaban en maniobras dilatorias, tumbó su elección.
Pero el exmandatario no acepta la sentencia de los tribunales y ahora con una estrategia que eleva la discusión al plano constitucional impetró varias acciones de tutela de manera simultánea, con las que busca que otro juez lo reintegre al cargo al que llegó con más de 92 mil votos.
Beltrán impetró varias acciones de tutela de manera simultánea, con las que busca que otro juez lo reintegre al cargo
En este informe METROPOLITANO explica y analiza las movidas jurídicas de Beltrán tras su salida del poder, la ‘lluvia’ de tutelas que encabeza, los escenarios a los que se enfrenta y las posibilidades que puede tener en el empeño de volver a la Alcaldía.
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La caída de Beltrán
El pasado 21 de agosto la Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Santander que sentenció la nulidad de la elección de Jaime Beltrán Martínez como alcalde de Bucaramanga para el periodo 2024 – 2027, tras comprobar que incurrió en doble militancia por haber respaldado activamente a candidatos al Concejo que no pertenecían al partido Colombia Justa.
Aunque la medida fue ejecutoriada cinco días después, cuando el máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo negó las solicitudes de aclaración y adición presentadas por la defensa, desde ese momento en otros estrados judiciales ya había comenzado una nueva batalla jurídica: tutelas simultáneas para tratar de revertir el fallo del Consejo de Estado y revivir el mandato de Beltrán.
Si bien el exalcalde ‘entuteló’ a nombre propio la decisión de la Sección Quinta, METROPOLITANO confirmó que fueron radicados al menos tres recursos similares, es decir, hay cinco demandas encaminadas a demostrar la tesis de una presunta vulneración de los derechos políticos del exalcalde y así buscar su retorno a la Alcaldía.
METROPOLITANO confirmó que fueron radicados al menos tres recursos similares, es decir, hay cinco tutelas
El primer objetivo de Beltrán, que deberá resolver de manera ágil el juez correspondiente, es que se dicten medidas cautelares que suspendan los efectos del fallo de nulidad electoral, es decir, que mientras el operador judicial se pronuncia de fondo se ordene su regreso al cargo.
A pesar de que cuatro de las cinco tutelas ya fueron admitidas, en ninguna de ellas se ha decretado alguna medida cautelar, sin embargo, esta es una apuesta judicial de largo aliento que muy posiblemente escale a la Corte Constitucional e incluso al plano internacional en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH.
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Sin medidas cautelares
Luego de que el pasado 21 de agosto los magistrados de la Sección Quinta negaran a Beltrán la solicitud de aclaración y rechazaran de plano una recusación presentada ad portas de la sesión de la Sala, horas antes el exmandatario local ya había trasladado su pelea jurídica al plano constitucional.
Jaime Beltrán instauró una primera acción de tutela alegando que la sentencia del pasado 18 de septiembre vulneró sus derechos y garantías al debido proceso.
Si bien el recurso judicial fue admitido por el magistrado José Roberto Sáchica Méndez, integrante de la Sección Tercera del Consejo de Estado, el togado no accedió a decretar las medidas cautelares elevadas por el exmandatario.
Según se lee en la acción de tutela instaurada, Beltrán argumenta que con su fallo la Sección Quinta del Consejo de Estado habría vulnerado sus derechos fundamentales al debido proceso y a la “imparcialidad subjetiva”.
Jaime Beltrán instauró una primera tutela alegando que se vulneraron sus derechos y garantías al debido proceso.
“Fueron vulnerados con ocasión de las decisiones adoptadas el 18 de septiembre de 2025, por medio de las cuales se rechazó de plano la recusación formulada por el actor y se negó las solicitudes de aclaración y adición de la sentencia de segunda instancia, dentro del proceso de nulidad electoral que promovió el señor Fabián Díaz Plata junto con otros en contra de su acto de elección como alcalde de Bucaramanga para el periodo 2024-2027”, dice el texto.

En la misma tutela, el exalcalde Beltrán solicitó al alto tribunal que ordene suspender los efectos de los fallos demandados hasta tanto se resuelva de fondo.
Según el exmandatario, la ejecución de estas providencias consolidaría un perjuicio irremediable, por cuanto dejaría en firme decisiones que fueron adoptadas por los magistrados que, según su criterio, “tienen comprometida su imparcialidad para decidir este asunto”, y eliminaría cualquier posibilidad real de obtener un pronunciamiento imparcial.
Beltrán subrayó que la adopción de la medida es urgente, dado que la ejecutoria de dichas decisiones implica que cobre firmeza la sentencia del 21 de agosto de 2025, por medio de la cual se confirmó la decisión de primera instancia que declaró la nulidad del acto de su elección como alcalde de Bucaramanga.
Sin embargo, dicho escenario ya se dio el pasado 25 de septiembre, fecha en la que la Sección Quinta comunicó oficialmente a la Gobernación de Santander sobre el fallo de segunda instancia, por lo que inmediatamente el gobernador Juvenal Díaz declaró la vacancia absoluta en la Alcaldía de Bucaramanga y nombró a Eduard Sánchez, como alcalde encargado.
Ante esta situación el magistrado ponente, José Roberto Sáchica, en el estudio de admisión de la tutela decidió abstenerse de conceder la medida cautelar determinando que no existen razones suficientes para decretarlas bajo el argumento del supuesto daño irreparable.
El magistrado ponente, José Roberto Sáchica, decidió abstenerse de conceder la medida cautelar
“No hay lugar a decretar la medida provisional deprecada, ya que existe una identidad entre el objeto de la medida y las pretensiones de la acción de tutela. En ambas, se busca dejar sin efectos los autos objeto de reproche. Por lo tanto, la adopción de una medida en los términos pretendidos implicaría un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del asunto”, indicó el magistrado Sáchica.

Por otro lado el magistrado advierte la ausencia de la inmediatez manifestada por Jaime Beltrán para suspender la aplicación de la sentencia de nulidad electoral en su contra.
“Tampoco se advierte la existencia de una situación que revista tal urgencia y necesidad que exija la intervención del juez constitucional previo a proferir una decisión de fondo. Lo anterior, toda vez que, en caso de llegar a constatarse la vulneración alegada, las órdenes que se impartan en sede de tutela pueden llevar a retrotraer los efectos de las decisiones que se adopten en el marco del proceso cuestionado. Así las cosas, el proceso debe continuar su curso, a fin de recaudar los elementos necesarios para establecer si existe o no la vulneración alegada y, de ser procedente, adoptar las medidas que correspondan”, agregó el magistrado ponente.
Aunque las medidas cautelares solicitadas no prosperaron la tutela sí fue admitida por lo que aún falta por conocerse la decisión de fondo en primera instancia.
Segunda tutela de Beltrán
Una semana después del auto a través del cual el magistrado José Sáchica admitió el trámite de la tutela pero negó las medidas provisionales, el exalcalde Beltrán radicó un segundo recurso en contra de la Sección Quinta del Consejo de Estado por la sentencia del 21 de agosto.
Según la argumentación de la nueva acción de tutela, el fallo del alto tribunal vulneró sus derechos y garantías fundamentales.
Aunque por reparto la querella fue remitida desde el pasado miércoles, 1 de octubre, al despacho del magistrado Jorge Iván Duque Gutiérrez, de la Sección Segunda del Consejo de Estado, la demanda aún no ha sido admitida.

‘Lluvia’ de tutelas
Pero las dos acciones de tutela interpuestas con su firma por el exalcalde Jaime Beltrán no son las únicas que tramitan otras instancias diferentes a la Sección Quinta en el Consejo de Estado.
METROPOLITANO pudo constatar que en el máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo fueron radicadas al menos tres tutelas paralelas, solicitando la revocatoria de la sentencia de la Sección Quinta.
el exalcalde Beltrán radicó un segundo recurso en contra de la Sección Quinta por la sentencia del 21 de agosto.
Llama la atención que dentro de los accionantes de esta ‘avalancha’ de tutelas hay desde funcionarios de la Alcaldía de Piedecuesta, líderes cristianos y hasta el propio secretario del partido Colombia Justa, colectividad que avaló la candidatura de Beltrán.
La primera tutela fue interpuesta el 22 de agosto de 2025, es decir, al día siguiente del que la Sección Quinta dio a conocer la sentencia mediante la cual confirmó la nulidad de la elección de Beltrán.
La rapidez para instaurar la tutela fue de José Antonio Barón Rojas, un ciudadano que según registros del Departamento Administrativo de la Función Pública trabaja como auxiliar administrativo en la Alcaldía de Piedecuesta.
Barón también alega la vulneración de sus derechos fundamentales a elegir y ser elegido, ya fue admitida por el magistrado William Edgardo Barrera Muñoz, de la Sección Tercera, pero negó la medida cautelar solicitada por el accionante.
A pesar de su radicación contrarreloj, la demanda interpuesta por José Antonio Barón se encuentra suspendida en sus términos desde el pasado 5 de septiembre, exactamente un mes atrás, cuando el magistrado de tutela expidió el auto admisorio y la resolución sobre la solicitud de la medida cautelar.
De hecho, el propio magistrado Barrera suspendió los términos de la demanda constitucional para decidir de fondo en la acción de tutela.
Igualmente, el pasado 23 de septiembre fueron radicadas ante la Secretaría General del Consejo de Estado dos acciones de tutela más relacionadas con el caso Jaime Beltrán.
La primera de ellas fue instaurada por los líderes cristianos, Ricardo Caballero Sarmiento y Pedro Luis Padilla Hoyos, quienes también piden tumbar el fallo que anuló la elección del alcalde de Bucaramanga, considerando que dicha determinación de la Sección Quinta vulneró sus derechos constitucionales.
La primera tutela fue interpuesta el 22 de agosto de 2025
Aunque por reparto el trámite de la acción de tutela le correspondió inicialmente al magistrado Fernando Alexei Pardo Flórez, éste se declaró impedido ya que tiene una estrecha amistad de más de ocho años con el magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez, integrante de la Sección Quinta, quien también votó favorablemente por la nulidad de la elección de Beltrán.

Por tal motivo, el 29 de septiembre cambió de ponente, al magistrado José Roberto Sáchica Méndez, de la Sección Tercera, quien admitió la demanda de tutela el pasado 2 de octubre, pero igualmente negó las medidas cautelares que solicitaban suspender provisionalmente los efectos de la sentencia del Consejo de Estado hasta que se definiera de fondo la acción de tutela.
Entre tanto el 23 de septiembre Óscar Manuel Vélez Reyes, secretario general de Colombia Justa partido que avaló a Jaime Beltrán a la Alcaldía, también presentó una acción de tutela en contra de la Sección Quinta y la sentencia que dejó en firme la nulidad de su elección.
La acción de tutela presentada por Vélez Reyes contra la Sección Quinta del Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Santander, tiene como objetivo de que se protejan los derechos fundamentales de Beltrán al debido proceso y a sus derechos políticos.

Igual que las acciones anteriores, la tutela del Secretario General del partido que avaló a Beltrán fue admitida el pasado martes, 30 de septiembre, por la magistrada de la Sección Tercera, María Adriana Marín, quien ordenó traslado a las demás partes intervinientes para que dieran respuesta a la demanda.
La magistrada tampoco consideró conceder la medidas cautelares solicitadas por el accionante para suspender los efectos de la sentencia de nulidad electoral.
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Con miras en la Corte
La estrategia de Jaime Andrés Beltrán de recurrir a instancias constitucionales para detener o revertir el fallo administrativo en su contra, está estrechamente relacionada con la reciente decisión de la Corte Constitucional que le devolvió la curul al senador del Polo Democrático, Alexander López Maya.
La decisión de los magistrados del tribunal constitucional con respecto a la interpretación de la doble militancia en calidad de apoyo en las coaliciones de partidos significa un «choque de trenes» con el Consejo de Estado, que podría terminar salvando a varios demandados.

Con el fallo en el caso López Maya se abrió la posibilidad de que los procesos de nulidad electoral que hasta ahora se han definido en el Consejo de Estado, y que han tumbando mandatarios y funcionarios, puedan ser revisados, incluido el caso del exalcalde Beltrán.
Según la más reciente decisión de la Sala plena de la Corte, el fallo de diciembre de 2023 que anuló la elección de Alexander López como senador de la República vulneró los derechos fundamentales del congresista.
La controversia se originó porque, a pesar de haber sido avalado por el Polo Democrático para las elecciones legislativas de 2022, López apoyó públicamente al hoy concejal de Bucaramanga por el Pacto Histórico, Jorge Flórez, quien en 2022 fue candidato a la Cámara por Santander, avalado por el Partido Verde, colectividad que no hacía parte de la coalición del Pacto Histórico. Para el Consejo de Estado esa acción configuró doble militancia.
La decisión con respecto a la interpretación de la doble militancia en calidad de apoyo significa un «choque de trenes«
Sin embargo, la Corte consideró que ese apoyo no alteraba el acuerdo de coalición, y que el fallo de nulidad del Consejo de Estado incurrió en falencias que vulneraron los derechos del dirigente político.
Posible ‘salvavidas’ para Beltrán
Aunque la Corte indicó que esta decisión es de carácter excepcional y no modifica la línea jurisprudencial en casos similares, sí exhortó al Congreso a reformar las reglas sobre la doble militancia para cerrar vacíos normativos, situación que podría terminar beneficiando a decenas de congresistas y mandatarios a quienes se les ha anulado su elección con la actual interpretación de la Ley 1475 de 2011 y la aplicación de la doble militancia en las coaliciones políticas.
La solicitud de revisión de la tutela de Alexander López fue impulsada por dos magistrados de línea petrista: Vladimir Fernández, exasesor de despacho del presidente Gustavo Petro, y Héctor Carvajal, quien ha sido abogado personal del jefe de Estado.
Así las cosas, el caso del exalcalde Beltrán como el de otros mandatarios a los que se les ha anulado la elección por doble militancia, tendría en manos de dos magistrados aliados al presidente Gustavo Petro su última chance.
A pesar de ser dos tendencias políticas abismalmente opuestas, el nuevo magistrado de la Corte Constitucional, Héctor Carvajal, estrechamente relacionado con el presidente Petro, podría terminar siendo el salvador de la credencial de Jaime Beltrán.
Aunque Carvajal llegó a la Corte Constitucional con el respaldo del petrismo, el interés del nuevo togado de modificar la interpretación de la norma de doble militancia, en el caso de coaliciones políticas, que actualmente aplica el Consejo de Estado, podría cambiar las reglas del juego.
«El país reclama con afán que se hagan unos estudios y que se refresque un poco el tema del precedente que existe y si es necesario incluso llegar a una rectificación del mismo«, manifestó el magistrado Carvajal en una de sus primeras entrevistas tras ser elegido magistrado.
Si bien la estrategia anunciada por el nuevo magistrado está dirigida a salvar la credencial de Rafael Alejandro Martínez, a quien recientemente el Consejo de Estado anuló su elección como gobernador del departamento del Magdalena por haber incurrido en doble militancia, el cambio de la interpretación de la norma desde el ámbito constitucional podría terminar incidiendo en el proceso del exalcalde Beltrán.
Beltrán tendría en manos de dos magistrados aliados al presidente Petro su última chance
Para el experimentado abogado santandereano Gerardo Martínez Martínez, Phd en Derecho y Ciencias Sociales, analista de METROPOLITANO, solo es cuestión de tiempo para que la propuesta del cambio del precedente judicial de la doble militancia realizada por el magistrado Carvajal comience a ser tratada en la Corte Constitucional.
«Ese abogado pedirá tutelar la decisión del Consejo de Estado, se tramita la decisión del Consejo de Estado en otra sección, distinta de la Quinta, seguramente se la niegan. Y como no hay un superior inmediato la apelación tendrá que ser enviada a la Corte Constitucional, y él, Carvajal, va a pedir que se seleccione para que haya un pronunciamiento. Ahí se intentará sentar un precedente judicial con el argumento de que la doble militancia por apoyo activo se predica cuando el candidato apoya a alguien distinto del candidato todo de su partido, sin importar si hay o no hay coalición», explicó Martínez.

Precisamente, la tesis central de la estrategia jurídica del ex apoderado del exalcalde Jaime Beltrán, Humberto Sierra Porto, se ha centrado exactamente en lo que considera una equivocada interpretación de la norma de la doble militancia en modalidad de apoyo en caso de coaliciones que actualmente aplica el Consejo de Estado y que tiene en vilo a varios mandatarios del país.
Según Sierra Porto la jurisprudencia de la sección Quinta del Consejo de Estado ha establecido que se configura doble militancia en la modalidad de apoyo cuando un candidato a un cargo de elección popular, inscrito por una coalición de partidos o movimientos políticos, es «claramente restrictiva» de los derechos políticos y resulta contraria a la Constitución Política y a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
«Extender la causal de nulidad electoral al supuesto en el cual un aspirante a un cargo de elección popular inscrito por una coalición apoye a candidatos pertenecientes a otros partidos o movimientos políticos que hacen parte de la misma Coalición que lo inscribió constituye una interpretación extensiva de las causales de nulidad electoral, la cual resulta contraria a la Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos, pues al tratarse de limitaciones al ejercicio de los derechos políticos deben ser interpretados de manera restrictiva«, argumentó en sus alegatos finales el abogado Sierra Porto.
Sentencia antes de actuar
A pesar de la compuerta que se abrió con esta decisión de la Corte Constitucional, con respecto a la interpretación de la doble militancia en calidad de apoyo en el marco de las coaliciones políticas, expertos consideran que hay que esperar a conocer el texto de la sentencia de la Corte y así entender los argumentos del fallo para tener claridad sobre la decisión.

Para otros juristas consultados por METROPOLITANO, las acciones de tutela son independientes y conciernen únicamente a cada caso en particular: fallas en la valoración probatoria, desconocimiento de garantías relacionadas con el derecho de defensa o el debido proceso y, por supuesto, la doble militancia en la modalidad de apoyo tratándose de candidatos de partidos que suscribieron un acuerdo de coalición. Siendo este último aspecto el que podría incidir en los casos de gobernadores y alcaldes, eventualmente.
«La situación de López es particular, corresponde al apoyo de un candidato a una corporación de elección popular – Senado, en el caso de López – a otro que aspiraba a otra corporación de elección popular – Flórez, que aspiraba a la Asamblea -. Para el caso de Beltrán, el caso que marca la pauta es el del gobernador del Magdalena. Ahora, conocidas las razones del fallo, hay que esperar qué posición va a adoptar el Consejo de Estado. Ahí se abre otro escenario, dependiendo de si la orden de la Corte Constitucional es anular la sentencia del Consejo de Estado así, sin más; o anularla para que la Sección Quinta vuelva a proferir, que es el camino por el que la Corte ha optado en otros casos«, explicó un abogado experto.
Si bien aún no se conoce integralmente la sentencia de la Corte sobre el caso Alexander López, en un comunicado a la opinión pública el alto tribunal dio a conocer apartes de la sentencia y en ella dejó claro su llamado al Congreso para que cambie la Ley en torno a la interpretación de la doble militancia en los casos de coalición de partidos.
«Exhortar al Congreso de la República para que, en cumplimiento del inciso final del artículo 262 de la Constitución, modificado por el Acto legislativo 2 de 2015, expida con carácter prioritario la regulación integral sobre la creación, funcionamiento y disolución de coaliciones (…), en relación con “la inscripción de candidatos y listas (…) de coalición a (…) a corporaciones públicas (…)”«, se lee en el documento de la Corte Constitucional.

Sumado a todo esto, juristas coinciden en afirmar que ya existe una regulación con respecto a las ‘tutelatones’, por lo que muy seguramente esas acciones de tutela en el caso Beltrán terminarán acumuladas en un solo proceso, en el que el magistrado que admitió la primera tutela correspondiente a este caso será el que decida de fondo todas las demás.
La Corte llamó al Congreso para que cambie la Ley en torno a la interpretación de la doble militancia
Así las cosas, mientras en lo político y administrativo la transición hacia un nuevo gobierno en Bucaramanga ya comenzó con el encargo inicial, la solicitud de la terna y la preparación de las elecciones atípicas, en las instancias jurídicas el exalcalde Beltrán sigue dando la pelea por volver a su mandato.
En las mismas está el alcalde de Girón, Campo Elías Ramírez, quien también comenzó su propia batalla constitucional para tratar de revertir la sentencia del pasado 25 de septiembre que confirmó la nulidad de su elección, por doble militancia. El alcalde Ramírez ya interpuso dos acciones de tutela.
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