Una nueva decisión judicial puso en el centro del debate las responsabilidades del Gobierno nacional frente al uso de declaraciones públicas. El Consejo de Estado le ordenó al presidente Gustavo Petro y al ministro del Interior, Armando Benedetti, corregir de manera explícita las afirmaciones en las que vincularon al personero de Ocaña, Jorge Armando Bohórquez Lanzziano, con presuntas colaboraciones al Eln.
La sentencia, emitida por la Sala Tercera en segunda instancia, revocó un fallo del 8 de agosto de 2025 y otorgó protección a los derechos a la vida, seguridad, honra y buen nombre del funcionario. El tribunal concluyó que los señalamientos, realizados el 21 de abril de 2025, carecían de sustento y generaron un riesgo innecesario para su integridad.
Como parte de las órdenes, el Consejo de Estado dispuso que el presidente Petro deberá rectificar en su próxima alocución o intervención televisada, con una corrección que cumpla criterios de veracidad, proporcionalidad y responsabilidad institucional, tal como lo exige la Corte Constitucional para este tipo de casos.
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El ministro Benedetti también deberá rectificar: el fallo le ordena publicar, en su cuenta oficial de X (antes Twitter), una aclaración directa sobre las acusaciones en un plazo de cinco días desde la notificación, y mantenerla visible durante al menos tres meses.
Además, la Unidad Nacional de Protección fue instruida para evaluar el nivel de riesgo en el que quedó el personero Bohórquez tras las declaraciones oficiales y adoptar las medidas de seguridad necesarias.
La decisión marca un precedente sobre los límites del discurso institucional y las consecuencias que pueden tener los señalamientos hechos desde el Gobierno en un contexto de conflicto armado y alta sensibilidad regional.




