La Alcaldía de Bucaramanga expidió un nuevo decreto que establece un perímetro y una franja horaria específica para restringir el consumo y la distribución de sustancias psicoactivas en espacios públicos, en cumplimiento de una orden judicial del Tribunal Administrativo de Santander y tras la nulidad parcial de una norma anterior.
Según el decreto, se fija en sesenta (60) metros el perímetro del espacio público o de los lugares abiertos al público, tanto en suelo urbano como rural, que se encuentren en el área circundante de parques, plazas, centros educativos, centros deportivos, zonas históricas y zonas declaradas de interés cultural o por motivos de interés público en el municipio de Bucaramanga.
Dentro de ese perímetro, no se permitirá el consumo de sustancias psicoactivas naturales o sintéticas, incluida la dosis personal, en el horario comprendido entre las 4:30 de la mañana y las 11:30 de la noche, del mismo día. La restricción aplica exclusivamente en las áreas definidas y responde a las consideraciones jurídicas expuestas en el decreto.
Únase AQUÍ a nuestro WHATSAPP | TIK TOK | INSTAGRAM

La administración municipal precisó que esta medida se adopta en cumplimiento de la sentencia de segunda instancia del 18 de septiembre de 2025, proferida por el Tribunal Administrativo de Santander dentro del proceso de nulidad identificado con el radicado 680013333015-2024-00174-01.
El decreto aclara además que la franja horaria establecida no podrá entenderse, en ningún caso, como una habilitación para el consumo, distribución, facilitación, ofrecimiento o comercialización de sustancias psicoactivas, conductas que continúan prohibidas y sancionadas conforme a la normatividad vigente.
En materia de vigilancia al microtráfico, la norma ordena reforzar las acciones de control, seguimiento e intervención por parte de la Policía y las autoridades administrativas, especialmente en entornos sensibles como parques, colegios y escenarios deportivos. También contempla vigilancias al consumo, orientadas a prevenir afectaciones a la convivencia, la seguridad ciudadana y la protección de niños, niñas y adolescentes.
Entre las determinaciones finales, el decreto dispone la articulación entre la Secretaría del Interior, la Secretaría de Salud y las autoridades policiales para garantizar el cumplimiento de la medida, así como la divulgación de la norma para conocimiento de la ciudadanía.
RECOMENDAMOS: Únase aquí al canal de YouTube de Metropolitano y active las notificaciones

La decisión se da luego de que el Tribunal Administrativo de Santander declarara la nulidad parcial del decreto firmado por el exalcalde Jaime Andrés Beltrán, el cual prohibía el consumo de sustancias psicoactivas en parques y espacios públicos durante las 24 horas del día. El alto tribunal concluyó que esa restricción desconocía el derecho al libre desarrollo de la personalidad, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
El Decreto 0007 de 2024, expedido durante la administración Beltrán, había sido presentado como una estrategia para fortalecer la seguridad y la convivencia en Bucaramanga, y estuvo acompañado de operativos en sectores como Cabecera, Provenza y la zona norte, con controles permanentes de la Policía y la Secretaría del Interior.
Con esta nueva reglamentación, el alcalde Cristian Portilla ajusta la política local a los lineamientos judiciales, manteniendo restricciones focalizadas en zonas sensibles y horarios definidos, mientras se refuerzan las acciones contra el microtráfico y se preserva el equilibrio entre seguridad, convivencia y derechos ciudadanos.




