La Secretaría de Salud de Bucaramanga informó del rescate de un perrito que estaba siendo obligado a consumir una sustancia embriagante, al parecer alcohol etílico, por parte de su tenedor, en una calle de Bucaramanga.
Según los funcionarios de la Unidad de Bienestar Animal que atendieron el caso, gracias al llamado de la comunidad, que denunció cómo el dueño del animal le estaba forzando a consumir el líquido, se pudo atender rápidamente al canino.
En un video divulgado por la Alcaldía de Bucaramanga se puede ver que el tenedor del perro, un adulto mayor habitante de calle, lo obliga a tomar la sustancia alcohólica que él también está consumiendo, en inmediaciones de la Plaza San Francisco.
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Tras la denuncia y una rápida intervención de los funcionarios de la Secretaría de Salud y la Policía Ambiental, el animal fue atendido y recuperado.
«Atendimos el caso rápidamente, haciendo la aprehensión del canino, se encontraba bastante alterado, con una exaltación marcada y presentaba movimientos descoordinados, posiblemente asociados a la intoxicación«, explicó uno de los veterinarios que atendió al caso.
El perro fue trasladado a un centro de atención veterinaria y estabilizado, se desarrolló un protocolo de desintoxicación y se recuperó.
El animal será protegido en la Unidad de Bienestar Animal de la Alcaldía y cuando se recupere completamente podrá ser dado en adopción.

Ley contra el maltrato animal
Recientemente fue sancionada por el Gobierno nacional la ‘Ley Ángel’, que fortalece la lucha contra el maltrato animal en Colombia.
Contempla herramientas normativas que garanticen la prevención, la investigación y la sanción de actos violentos contra animales.
Esta Ley incorpora reformas al Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989), con el fin de actualizar las formas de protección e incluir acciones integrales de educación ciudadana y atención efectiva frente a estas conductas.

Una de las principales disposiciones es la prohibición de adquirir o tener animales por parte de personas condenadas por maltrato. Esta restricción aplica a cualquier tipo de especie y se extiende a todos los mecanismos legales de adquisición, como compra, adopción, donación, permuta, sucesión testamentaria u otros actos jurídicos.
Se establecen penas más severas para quienes causen la muerte a un animal doméstico, silvestre, exótico o amansado.
Las sanciones serán entre 32 y 56 meses de cárcel, inhabilidad de hasta cinco años para ejercer actividades relacionadas con animales, prohibición de tenencia de animales y una multa de entre 30 y 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Además, la nueva Ley contempla agravantes para ciertas circunstancias, lo que permitirá aumentar las penas hasta en un 75 %.

Por ejemplo, actos cometidos con sevicia, en sitios públicos, utilizando menores o inimputables o aquellos que involucren difusión por redes sociales o medios de comunicación.
También se agrava la pena si el maltrato deja daños permanentes, implica fines económicos o se comete como represalia hacia los propietarios de los animales.




