La Corte Constitucional dejó sin efectos el Decreto 132 del 5 de febrero de 2025, expedido por el Gobierno en el marco del Estado de Conmoción Interior para atender la crisis de orden público en el Catatumbo. La decisión deja en el limbo las medidas que permitieron cerrar estaciones de servicio en Norte de Santander y restringir la distribución de combustibles en 15 municipios del convulsionado territorio.
El alto tribunal consideró que el decreto no cumplió con los requisitos constitucionales, pues no fue suscrito por todos los ministros, como lo exige la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción. Esto, a pesar de tratarse de un documento que afectaba directamente derechos y actividades económicas en una zona históricamente golpeada por el contrabando y la presencia de grupos armados.
La medida había sido implementada por el Ministerio de Minas y Energía, a través de su Dirección de Hidrocarburos, que en cabeza de Adwar Moisés Casallas ordenó el cierre temporal de 48 estaciones de servicio. Las decisiones se basaron en supuestas inconsistencias en la georreferenciación de algunas EDS, según explicó la cartera en su momento.
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Para expertos en temas energéticos, como Julio César Vera, presidente de la Fundación XUA Energy, el fallo de la Corte envía un mensaje contundente al Ejecutivo: las decisiones deben tomarse dentro del marco legal, por más legítimo que sea su propósito.
«Era una medida con buena intención, orientada a frenar el uso ilegal de infraestructura energética. Pero si no se cumplen los requisitos legales, pierde validez y efecto«, sostuvo Vera, quien además advirtió que, con la anulación del decreto, se pierde una herramienta valiosa para ejercer control en zonas donde proliferan actividades irregulares con combustibles, como el uso de la gasolina en laboratorios ilegales donde se usa la gasolina para el procesamiento del clorhidrato de cocaína.
El especialista propone que el Gobierno impulse una ley ordinaria que le otorgue facultades permanentes para este tipo de controles, en lugar de recurrir a figuras excepcionales como los estados de conmoción. «Es más lento, pero garantiza seguridad jurídica y control efectivo«, afirmó.




