Ante la incertidumbre generada por versiones que advertían sobre un supuesto cambio obligatorio de medidores de agua, energía y gas en todo el país, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) salió a aclarar que no ha ordenado el reemplazo masivo de estos equipos y precisó que los nuevos reglamentos técnicos solo aplican para medidores nuevos, instalaciones iniciales o sustituciones que estén plenamente justificadas por razones técnicas.
La entidad explicó que las disposiciones expedidas en materia de reglamentos técnicos metrológicos buscan garantizar que los nuevos equipos que ingresen al mercado colombiano cumplan estándares de precisión, confiabilidad y seguridad, pero enfatizó que estas normas no obligan a retirar los medidores que actualmente funcionan correctamente.
Según la aclaración oficial, las medidas adoptadas por la SIC están dirigidas exclusivamente a tres escenarios específicos: instrumentos de medición nuevos que entren al mercado nacional, medidores que se instalen por primera vez y equipos que deban ser reemplazados debido a fallas técnicas irreparables que hagan necesaria su sustitución.
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La Superintendencia recordó que el reglamento técnico para medidores de energía eléctrica entró en vigor el 5 de enero de 2026, mientras que el correspondiente a los medidores de agua comenzó a regir el 13 de marzo del mismo año. En el caso de los medidores de gas, la regulación empezó a aplicarse desde el 19 de junio.
Frente a las versiones que han circulado entre los usuarios, la autoridad dejó claro que la entrada en vigencia de estos reglamentos no implica el cambio automático de los medidores que ya se encuentran instalados y prestando el servicio de manera adecuada.
La SIC también señaló que las nuevas disposiciones no establecen la implementación obligatoria de medidores inteligentes ni modifican las tarifas de los servicios públicos domiciliarios, como también se ha especulado en algunos sectores.
La entidad explicó que los reglamentos fueron diseñados para fortalecer la confianza de los usuarios en los sistemas de medición, asegurando que los equipos nuevos sean evaluados por organismos técnicos especializados e independientes antes de ser utilizados en la prestación de los servicios públicos.
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Asimismo, precisó que los programas de modernización tecnológica, reposición de equipos o sustitución por vida útil que adelanten algunas empresas prestadoras corresponden a decisiones propias de esas compañías y no son consecuencia directa de los reglamentos expedidos por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Otro de los aspectos aclarados por la entidad tiene que ver con la vigilancia de los equipos que ya están instalados. Una vez el medidor entra en funcionamiento, la supervisión sobre su estado, la correcta facturación del consumo y los eventuales cambios de equipo corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios), de acuerdo con el marco legal vigente.
En ese sentido, la SIC indicó que las empresas prestadoras no pueden justificar un cambio de medidor únicamente argumentando la expedición de los nuevos reglamentos técnicos, pues cada caso debe estar respaldado por razones técnicas concretas.
La entidad recomendó a los usuarios solicitar explicaciones claras cuando una empresa les proponga reemplazar el medidor, exigiendo información sobre las causas técnicas que sustentan esa decisión, como daños, fallas o errores comprobados en la medición.
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También hizo un llamado a la ciudadanía para no dejarse confundir por información inexacta, reiterando que la expedición de los nuevos reglamentos no invalida el funcionamiento de los equipos actualmente instalados.
Finalmente, la Superintendencia invitó a los usuarios que consideren vulnerados sus derechos durante procesos de revisión o sustitución de medidores a presentar las respectivas quejas ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, entidad competente para ejercer el control sobre las empresas prestadoras.
Con esta aclaración, la SIC busca despejar las dudas generadas en los últimos días y reiterar que su propósito es fortalecer la calidad y confiabilidad de las mediciones en los servicios públicos, sin imponer un reemplazo generalizado de los medidores que continúan operando en condiciones normales.




