El Juzgado Doce Administrativo de Bucaramanga suspendió provisionalmente el pico y placa (par e impar), para vehículos con placas foráneas, que comenzaría a aplicarse el próximo 16 de julio.
La polémica medida estará suspendida hasta que el juez no tome una decisión de fondo en la demanda de nulidad simple que interpuso el abogado Jeyser Mauricio Rodríguez.
Pocas horas después de conocerse el auto del Tribunal Administrativo de Santander suspendiendo provisionalmente el artículo que restringía el tránsito de motocicletas con parrillero (acompañante), en Bucaramanga y el área metropolitana, ahora un juez suspende el pico y placa para vehículos foráneos (matriculados en ciudades fuera de Santander), cuya aplicación estaba prevista para que comenzara el 16 de julio.
Nota de contexto: Nueva demanda contra el pico y placa para vehículos foráneos, que comenzará a regir el 16 de julio
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Aunque no se trata de un fallo anticipado, el Juez Doce Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga accedió a la medida cautelar solicitada por el demandante y suspendió provisionalmente el Artículo 2 de la Resolución 017 del 16 de enero de 2025 porque encontró que la medida de pico y placa diferenciada que impone transgrede el derecho a la igualdad y a la libre locomoción (circulación vehicular) de los propietarios de vehículos matriculados fuera del departamento de Santander.
«Como puede verse, el único criterio diferenciador entre el grupo 1 y el grupo 2 se relaciona con el lugar en donde se efectuó la matrícula del vehículo, en tanto si esta se hizo dentro o fuera del departamento de Santander, de lo que, resulta evidente que se trata de sujetos de la misma naturaleza (vehículos que circulan en el municipio de Bucaramanga) a los que la norma acusada proporciona un trato desigual«, se lee en el fallo.

Además, el juez del caso consideró que existe falta de claridad en la finalidad por parte de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga para sustentar la nueva restricción de pico y placa (par e impar) para los vehículos foráneos en la capital santandereana.
«En cuanto a su finalidad, es necesario precisar que esta no se expone de manera clara y específica, ya que las consideraciones del acto se refieren, en su gran mayoría, a la justificación de la medida de pico y placa «general», desde su triple enfoque: (i) como medida de control ambiental en procura de un ambiente sano; (ii) como estrategia de regulación de tránsito y (iii) como recurso útil para enfrentar el transporte ilegal, como parte del cumplimento de una orden judicial«, explicó en su decisión el juez Dubier Río Botello.
Pico y placa suspendido
Ante este escenario el juez Doce Administrativo del Circuito de Bucaramanga concedió las medidas cautelares solicitadas por la parte demandante y suspendió proviosionalmente la aplicación del pico y placa, par e impar, para vehículos foráneos, que pretendía implementar la Dirección de Tránsito de Bucaramanga desde el próximo 16 de julio.

La medida estará suspendida hasta tanto el juez o tome una decisión de fondo en la demanda de nulidad simple presentada por Jeyser Mauricio Rodríguez en contra del artículo 2 de la Resolución 017 del 16 de enero de 2025, que precisamente impone la restricción especial a los vehículos con matrículas ajenas a Santander.
El juez Rubier Ríos se había declarado impedido para conocer la demanda ya que precisamente es propietario de un vehículo con placas matriculadas fuera de Santander, sin embargo, el Juzgado Trece Administrativo de Bucaramanga negó el impedimento, por lo que el expediente retornó a su despacho.




