El abandono del portal Papi Quiero Piña (PQP), en Floridablanca, le sigue pasando factura a Metrolínea. El Tribunal Administrativo de Santander confirmó la sanción contra el gerente de la entidad, Emiro José Castro Meza, por desacatar las órdenes judiciales que buscaban proteger el predio y evitar su deterioro.
La decisión, fechada el 20 de agosto de 2026, modificó parcialmente el fallo emitido días antes por el Juzgado Once Administrativo de Bucaramanga. Mientras la primera instancia había sancionado al gerente de Metrolínea; al alcalde de Floridablanca, José Fernando Sánchez, y al subcomandante de la Estación de Policía municipal, Andrés Ernesto Puentes, el Tribunal dejó la multa únicamente en cabeza del representante legal del sistema de transporte.
El juzgado había impuesto a cada uno una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, luego de concluir que las medidas cautelares ordenadas desde diciembre de 2025 no se habían cumplido de manera efectiva.
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En el caso de Metrolínea, la orden judicial era concreta: podar la maleza, cerrar completamente el inmueble, instalar vigilancia permanente las 24 horas y demostrar documentalmente el cumplimiento de esas obligaciones.
Pero una inspección realizada el pasado 5 de agosto encontró un escenario distinto. El predio permanecía abierto, con amplios tramos del cerramiento destruidos o inexistentes, lo que permitía el ingreso de terceros. También fueron reportados habitantes de calle, consumo de sustancias psicoactivas y sustracción de elementos de la infraestructura.
El Tribunal concluyó que las intervenciones realizadas por Metrolínea —como labores de poda, limpieza y reparaciones— fueron parciales y temporales. No demostraron que se hubiera garantizado de forma continua el cierre, el control de acceso y la vigilancia exigidos por la justicia.
La corporación también encontró responsabilidad subjetiva en el gerente, al considerar que conocía las órdenes judiciales y que, pese a ello, las medidas adoptadas fueron insuficientes. Incluso, la entidad reconoció que no pudo mantener la vigilancia permanente por restricciones financieras.
El panorama contrasta con lo ocurrido con el alcalde de Floridablanca, José Fernando Sánchez Carvajal, y el subcomandante de la Estación de Policía, Andrés Ernesto Puentes Parra. El Tribunal determinó que ambos sí desplegaron acciones dentro de sus competencias, principalmente mediante labores de vigilancia y seguimiento en los alrededores del portal.
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La Sala precisó que la obligación de estas autoridades era de medio y no de resultado. Por ello, la persistencia de hechos de inseguridad o el ingreso de personas al predio no bastaba, por sí sola, para demostrar desacato.
Con la decisión del Tribunal, queda en firme únicamente la sanción contra Emiro José Castro Meza, mientras fueron revocadas las impuestas al alcalde de Floridablanca y al subcomandante de la Policía.
El caso vuelve a poner bajo la lupa el futuro del antiguo portal PQP, una infraestructura que permanece fuera de operación y cuyo deterioro ha generado problemas de seguridad, invasiones y pérdida de elementos públicos. El fallo deja claro que, para Metrolínea, las labores ocasionales de mantenimiento no fueron suficientes para cumplir las órdenes judiciales.
Contexto: En diciembre de 2025, el Juzgado Once Administrativo había ordenado a Metrolínea intervenir el predio y garantizar su cerramiento y vigilancia. En enero de 2026, esas medidas fueron complementadas con la obligación del municipio y la Policía de mantener presencia permanente en el entorno del portal.




